Estas iniciativas, impulsadas en el marco del Acuerdo San Juan, fueron aprobadas durante la Decimotercera sesión. En el caso de la Ley de Regalías Mineras hubo dos abstenciones por parte de los diputados Mauro Marinero y Enrique Montaño. La ley establece solo la modificación al artículo 17° para eliminar la posibilidad de que los recursos asignados a los Municipios donde esté emplazado el yacimiento minero sean utilizados para gastos corrientes; dispone en forma específica que los fondos podrán ser destinados a la realización de proyectos estratégicos vinculados al desarrollo económico, productivo, industrial, turístico, que brinden condiciones para generar mayor mano de obra y a la construcción de viviendas en el departamento. Asimismo, el cuerpo ofreció una firme promoción a la conectividad en los departamentos y localidades alejadas del territorio sanjuanino al ratificar un convenio suscripto entre la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima (AR-SAT); la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación; y el Gobierno de la Provincia de San Juan.

También, aprobaron la ampliación del artículo 29° de la Ley Tributaria Anual que permitirá incluir a los Grandes Generadores de Entes Públicos y Privados en la contribución de la Tasa por Disposición Final de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos.

Asimismo, ratificaron otros convenios referidos a la Diplomatura en tratamiento de Residuos Sólidos; al Plan Nacional de Seguridad Alimentaria a personas con celiaquía; al Plan Nacional para la prevención del sobrepeso y obesidad en niños, niñas y adolescentes;  al Sistema de Alumbrado ubicado en la Ruta Nacional Nº 40; y a la colaboración mutua con la Asociación Civil Sociedad Israelita de Beneficencia de San Juan.

Además, el cuerpo legislativo adhirió al DECNU N° 814-2020 vinculado al Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, el cual extiende su vigencia hasta las veinticuatro 24 horas del día 8 de noviembre del 2020.

La sesión estuvo conducida en forma alternada por el vicepresidente primero de la Cámara de Diputados, Eduardo Cabello y el vicepresidente segundo, Carlos Platero, quienes estuvieron acompañados por los secretarios Legislativo, Nicolás Alvo, y Administrativo, Roberto Iglesias.

Modificación de la Ley de Regalías Mineras

El legislador Eduardo Cabello, presidente de la comisión legislativa de Minería, fue quien tuvo a su cargo la exposición de los fundamentos del Mensaje N° 115 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo que modifica el artículo 17° de la Ley Nº 716-M, Regalías Mineras.

Este punto del orden del día fue aprobado por la totalidad de los legisladores, excepto dos que pidieron abstenerse al momento de la votación. Uno de ellos fue el diputado representante por el departamento Iglesia, Enrique Montaño y por otra parte del diputado por representación proporcional, Mauro Marinero.  Los motivos de sus abstenciones fueron, en el caso del diputado Marinero sostuvo que mantendría la misma postura que tuvo como interventor del departamento Iglesia en el año 2007,  poco tiempo antes de asumir como intendente,  cuando fue tratada esta normativa. Por su parte, el diputado Montaño comunicó que “somos los responsables de transmitir la opinión del pueblo de Iglesia, hemos recibido diferentes expresiones con respecto a este tema de la modificación. Si bien el espíritu de la ley que hoy se trata es darle un destino en obras públicas a todo aquello que está destinado a gastos corrientes, estamos totalmente de acuerdo con esto, pero queda expreso que estos porcentajes que aprobaron en el año 2007, hoy por hoy, no convencen a la sociedad iglesiana”.

En definitiva, la modificación de la ley quedó redactada de la siguiente forma:

“ARTÍCULO 17.- Lo recaudado en concepto de Regalías Mineras se debe distribuir de la siguiente manera:

1) Respecto de los proyectos que hasta el 29 de noviembre de 2007: a. Tenían aprobado el informe de Impacto Ambiental de Explotación con Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y; b. Tenían presentado el informe de Impacto Ambiental y se encontraban en la última etapa de obtención de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA.) para explotación: 1.1) Para Rentas Generales de la Provincia, el cincuenta y cinco por ciento (55%). 1.2) Para la Municipalidad, donde tenga su asiento el yacimiento minero, el treinta y tres por ciento (33%). 1.3) Para el Ministerio de Minería, el doce por ciento (12%).

2) Respecto de los proyectos que obtuvieron la aprobación del informe con Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y de aquellos, cuyos informes de Impacto Ambiental de Explotación son posteriores al 29 de noviembre de 2007: 2.1) Para Rentas Generales de la Provincia, el setenta por ciento (70%). 2.2) Para la Municipalidad donde tenga su asiento el yacimiento minero, el veinte por ciento (20%). 2.3) Para el Ministerio de Minería, el diez por ciento (10%).

En cualquiera de los casos citados, los recursos asignados a favor del Municipio deben ser destinados a la realización de proyectos estratégicos vinculados al desarrollo económico, productivo, industrial, turístico, que brinden condiciones para generar mayor mano de obra; y a la construcción de viviendas en el departamento. En ningún caso pueden ser destinados a gastos de erogaciones corrientes. Los recursos asignados al Ministerio de Minería, deben ser depositados en una cuenta especial y distribuidos de la siguiente manera:

a) Sesenta y cinco por ciento (65%), para la tarea de fiscalización y control, especialmente a las acciones dirigidas a la preservación del ecosistema.

b) Veinticinco por ciento (25%), para cubrir las ayudas económicas, asumidas por el Ministerio de Minería, con el fin de promocionar la actividad minera en la Provincia de San Juan, en materia deportiva, social, cultural y educativa. En estos casos el Poder Ejecutivo debe autorizarlo por decreto.

c) Diez por ciento (10%), para la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Provincia o el organismo que en el futuro lo reemplace, a efectos de promover el fortalecimiento del Sistema Provincial de Innovación (SPI), con el objetivo de impulsar el desarrollo económico con equidad en la Provincia de San Juan, aumentando simultáneamente la competitividad de las empresas locales, la generación de nuevos puestos de trabajo y la empleabilidad de los ciudadanos.”

Por otro lado, el proyecto de Ley propone abrogar la Ley N° 957-M.

Conectividad en departamentos alejados

La legisladora Marcela Monti fue la encargada de exponer los fundamentos del Mensaje Nº 125 y proyecto de Ley remitido por el Ejecutivo que dio acuerdo y ratificó de esta manera el convenio marco de colaboración y asistencia técnica celebrado entre la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima (AR-SAT); la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación; y el Gobierno de San Juan, con el objeto de establecer  un marco para la colaboración y cooperación institucional entre las partes, a fin de asistirse y asesorarse mutuamente para promover el acceso y uso compartido de infraestructura física de telecomunicaciones, tendiendo a reducir la brecha digital en el menor plazo posible, a través del uso eficiente de las infraestructuras físicas existentes, en el marco del PLAN CONECTAR 2020-2023.

Por Decreto Nacional N° 1552 del 21 de octubre de 2010, fue creado el Plan Nacional de Telecomunicaciones “Argentina Conectada”, junto con la creación de la Red Federal de Fibra Óptica (REFEFO) y el Centro Nacional de Datos, ambos a implementar y operar por AR-SAT, que posee el rol estratégico en la implementación, desarrollo, ejecución e infraestructura de las políticas de Estado en materia de Telecomunicaciones, Radiodifusión e Internet.

En este sentido, el Gobierno de la provincia posee la necesidad de hacer uso de las facilidades y seRvicios que AR-SAT provee, para cumplimiento de sus objetivos sociales, de manera esencial en el marco de la REFEFO, para propender al despliegue y desarrollo de infraestructuras de telecomunicaciones y/o complementariedad de las existentes, todo ello con el objetivo de ofrecer conectividad principalmente a los departamentos o localidades más alejadas y/o pequeñas del territorio provincial.

Y al respecto el convenio marco, que tiene una duración de tres años, tiene por finalidad permitir el intercambio de prestaciones de servicios, asesoramiento, asistencia y cooperación en el ámbito de las telecomunicaciones, estableciendo límites, responsabilidades y contraprestaciones.

Plan Nacional de Seguridad Alimentaria a personas con celiaquía

Posteriormente, tras ser fundamentado por la diputada Florencia Peñaloza, sus pares debatieron y ofrecieron conformidad al Mensaje N° 108 y proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo  que ratificó el Convenio de Ejecución Plan Nacional Argentina Contra el Hambre Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, suscripto el 28 de julio de 2020 entre la Secretaría de Inclusión Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación; y el Ministerio de Desarrollo Humano y Promoción Social de la Provincia de San Juan.

Su finalidad es garantizar la seguridad alimentaria a 620 personas con enfermedad celíaca en condiciones de vulnerabilidad social, localizadas en jurisdicción de la provincia de San Juan, con el objetivo de brindares una prestación alimentaria mediante la entrega de alimentos sin TACC, en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio por Covid-19, adoptado según determinen las medidas provinciales; ratificado por Decreto N° 1220-MDHyPS-2020, del 21 de septiembre de 2020.

Sobrepeso y obesidad en niños, niñas y adolescentes

La legisladora Graciela Seva tuvo a su cargo la exposición de los fundamentos del Mensaje N° 109 y proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo por el que el cuerpo aprobó el Convenio Marco suscripto entre la Secretaría de Gobierno de Salud de la Nación y el Ministerio de Salud Pública de San Juan, que implementa el Plan nacional de Alimentación Saludable en la Infancia y Adolescencia para la prevención del sobrepeso y obesidad en niños, niñas y adolescentes, (PLAN ASI).

Cabe señalar que en convenios específicos será establecida la naturaleza, términos y alcance de las actividades a realizar, los objetivos y planes de trabajo, plazos de ejecución de las tareas, equipamiento y personal a ser afectados, los compromisos presupuestarios, como también el costo de los trabajos solicitados, plazo y forma de pago si los hubiere. El objetivo general es consolidar y fortalecer una estrategia nacional intersectorial y en distintos niveles jurisdiccionales para detener la epidemia creciente de sobrepeso y obesidad en niños, niñas, y adolescentes hasta los 18 años de edad en la República Argentina en un periodo comprendido entre los años 2019 y 2023.

Ampliación parcial de la Ley Tributaria Anual

A su turno, el diputado Rodolfo Jalife expuso los detalles del mensaje Nº 107 y proyecto de Ley enviado por el Poder Ejecutivo por el que propone la modificación y ampliación parcial de la Ley Tributaria Anual Nº 2026-I. Este asunto resultó aprobado por los legisladores y tiene el objeto de incluir a los Grandes Generadores de Entes Públicos y Privados en la contribución de la Tasa por Disposición Final de RALEE (Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos).

La incorporación del Inciso 3 al Artículo 29 TER de la Ley quedó redactada de la siguiente manera:

“ARTICULO 29 TER, 3) Se pagarán los siguientes importes en concepto de tasa de cobro por disposición final de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE): a) Organismos centralizados y descentralizados del Estado Provincial: 9 unidades tributarias por kilogramo; b) Municipios: 9 unidades tributarias por kilogramo; c) Organismos del Estado Nacional en territorio provincial: 9 unidades tributarias por kilogramo; d) Instituciones y organizaciones no gubernamentales: 17 unidades tributarias por kilogramo; e) Grandes, pequeñas y medianas empresas: 17 unidades tributarias por kilogramo; f) Personas físicas en carácter de usuario de artefactos eléctricos y electrónicos para uso doméstico (Generador eventual): exentas de pago.”

Cabe señalar que esta iniciativa está enmarcada en el Proyecto “Gestión Integral de Residuos Especiales de Generación Universal GIREGU: Campañas de Recolección de Aparatos Eléctricos y Electrónicos, y de Pilas y Baterías en desuso”.

Extensión de la vigencia del Distanciamiento Social

Después, el cuerpo legislativo ratificó, sobre tablas, la adhesión al DECNU N° 814-2020 referido al Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y Distanciamiento Social, Preventivo Y Obligatorio. La presente ley da conformidad a lo establecido en los artículos 157 y 189, inciso 17 de la Constitución Provincial y tiene vigencia hasta las veinticuatro 24 horas del día 8 de noviembre del 2020. En la ocasión, este asunto fue argumentado por la diputada Fernanda Paredes.

Convenio con la Universidad Católica de Cuyo (UCC)

Luego de la explicación brindada por el diputado Simón Ortíz, el cuerpo parlamentario dio conformidad al Mensaje Nº 105 y proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, que aprueba el Convenio Específico de Asistencia y Cooperación suscripto entre el Gobierno de San Juan, representado por el secretario de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Domingo Raúl Tello y la Facultad de Ciencias Químicas y Tecnológicas de la Universidad Católica de Cuyo, representada por su rector, Claudio Marcelo Larrea y el decano de la Facultad.

Por el mencionado Convenio, las partes se comprometen a abonar, en partes iguales, el costo del arancel de inscripción de 27 personas en la Diplomatura en tratamiento de Residuos Sólidos, de la Facultad de Ciencias Químicas y Tecnológicas dependiente de la Universidad Católica de Cuyo, sede San Juan, a dictarse en el presente año.

La Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable está comprometida a abonar el 50% de 27 personas,

de su elección, a la Diplomatura en tratamiento de Residuos Sólidos, consistiendo en la suma de pesos ochenta y un mil ($81.000), a razón de pesos tres mil ($3.000) por persona y la Universidad se compromete a abonar el 50% restante del arancel de inscripción.

Las 27 personas serán beneficiadas para inscribirse, asistir y obtener la certificación correspondiente sin tener la obligación de efectuar pago alguno para ello.

Convenio con la Dirección Nacional de Vialidad

Seguidamente, el diputado José Luis Esteve expuso los detalles del mensaje Nº 120 y Proyecto de Ley del Poder Ejecutivo referido al Convenio suscripto entre la Dirección Nacional de Vialidad y el Gobierno de la Provincia de San Juan, por el que se transfiere la operación y mantenimiento de un Sistema de Alumbrado ubicado en la Ruta Nacional Nº 40, intersección desde RP N° 179 (calle 8) hasta intersección RN N° 40 y RP N° 155 (calle 5) incluyendo calle Maurín, entre calle 6 y calle 7, en obra terminada; ratificado por Decreto Nº 1334MOSP-2020, del 13 de octubre de 2020.

El acuerdo fue ratificado por el cuerpo legislativo y el mismo establece que la Provincia de San Juan, como responsable de operar y mantener el Sistema de Alumbrado, asume el pago de los consumos de energía eléctrica ante el proveedor del servicio, y no recibirá compensación económica ni indemnización alguna por los gastos que incurra en el mantenimiento, operación y pago de servicios correspondientes al Sistema de Alumbrado. Por otra parte, la Dirección Nacional de Vialidad, mantiene facultades de control, inspección y fiscalización del Sistema de Alumbrado, de los bienes que lo integran.

Convenio con la Asociación Civil Sociedad Israelita de Beneficencia de San Juan

También, los parlamentarios aprobaron el mensaje Nº 124 del Poder Ejecutivo, fundamentado por la diputada Celina Ramella, que ratifica el Convenio Marco entre el Ministerio de Desarrollo Humano y Promoción Social de la Provincia; y la Asociación Civil Sociedad Israelita de Beneficencia de San Juan, suscripto el 1 de octubre de 2020, el que tiene por objeto la unión y la coordinación entre ambas partes a fin de sumar esfuerzos para establecer caminos de actuación que favorezcan e incrementen el beneficio mutuo y sus aportes a la comunidad; tienen objetivos comunes y complementarios en el área de la capacitación y educación, fomentando la investigación, la formación de recursos profesionales, actividades para la comunidad con impacto social; ratificado por Decreto N° 1352-MDHyPS-2020, del 16 de octubre de 2020.

Resoluciones

Los legisladores resolvieron declarar de Interés los siguientes proyectos de Resolución:

  • Legislativo, Educativo y Cultural, el seminario “Hacia una Argentina con Desarrollo Humano Integral – Tierra, Techo y Trabajo en la perspectiva de la fraternidad y de la amistad social”, a realizarse de manera virtual los días 11 y 25 de noviembre de 2020, que organizan conjuntamente la Universidad Católica Argentina, Cáritas Argentina y la Comisión Nacional de Justicia y Paz de la Conferencia Episcopal Argentina. (diputado Carlos Jaime);
  • Social y Deportivo, la celebración del 83º aniversario del Club “Sportivo Doncel de Punta de Rieles”, entidad deportiva que abrió  sus puertas el 12 de noviembre de 1937 en el departamento Rivadavia. (diputados Nancy Picón y Sergio Miodowsky);
  • Provincial, la construcción de la Autopista Urbana (Acceso Norte), Ruta Nacional 40, tramo Callejón blanco (Rio San Juan) — Campo Afuera, departamento Albardón. (diputado Juan Carlos Abarca);
  • Social, Educativo y Cultural la celebración del 57° aniversario de la unión vecinal Villa San Antonio, personería jurídica N° 128-G-71, del departamento Rivadavia, a celebrarse el 6 de noviembre de 2020. (diputados Nancy Picón y Sergio Miodowsky);
  • Social, Cultural y Educativo los eventos conmemorativos por la celebración del 104° aniversario de la fundación de la Sociedad Israelita de Beneficencia de San Juan, creada el 16 de noviembre de 1916. (diputados Nancy Picón y Sergio Miodowsky).

Comunicaciones

Finalmente, el cuerpo resolvió aprobar dos proyectos de Comunicación que requieren al Poder Ejecutivo que:

  • adopte las medidas necesarias para la fumigación del departamento Iglesia, para prevenir la propagación de enfermedades transmitidas por insectos vectores.  (diputado Mauro Marinero), y
  • coordine con los municipios una campaña de fumigación y concientización para prevenir la propagación y contagio del dengue y otras enfermedades similares, transmitidas por insectos vectores (diputado Miguel Ángel Sánchez).