Site icon Región Binacional

Apertura de fronteras: quiénes pueden ingresar a Argentina y qué requisitos deben cumplir

La Argentina recibió este lunes a los primeros turistas brasileños y chilenos que ingresaron al país a través de Misiones y Mendoza, en el marco de una prueba piloto de “fronteras seguras” que puso en marcha la Dirección Nacional de Migraciones, tras algo más de un año y medio con los accesos al país cerrados para evitar la propagación de nuevas variantes del coronavirus.

El Gobierno publicó en el Boletín Oficial la Decisión Administrativa 935, con la que autorizó –desde hoy y hasta el 30 de septiembre próximo– el ingreso de turistas desde Chile y Brasil a través de dos corredores seguros: uno en Misiones (en el puente binacional Tancredo Neves y en el aeropuerto de Puerto Iguazú) y otro en Mendoza en el paso internacional Los Libertadores (Cristo Redentor).

Se trata de una “prueba piloto de turismo limítrofe”, que en ambos casos (Brasil y Chile) también contempla a los argentinos o residentes que hayan permanecido en ese país en los últimos 14 días. A partir del 1º de octubre, la prueba piloto se extenderá a los vuelos comerciales en el aeropuerto de Iguazú. 

Qué condiciones deberán cumplir

La nueva regulación habilita a ingresar al país a los ciudadanos brasileños y chilenos, a los residentes en ambos países o a quienes hayan permanecido allí en los últimos 14 días previos al ingreso a la Argentina.

De acuerdo a la resolución las condiciones para que la Dirección de Migraciones autorice el paso en calidad de turistas serán:

Qué pasará con los casos positivos

De acuerdo a los dispuesto por el Gobierno, las muestras de laboratorio de los casos positivos serán enviadas a secuenciar al Laboratorio de referencia del Instituto Malbrán, debiendo los turistas que resulten positivos permanecer aislados en los dispositivos provinciales previstos por, al menos 10 días, o el que resulte mayor según lo defina la provincia en su protocolo.

Y agregra la resolución: “Sin perjuicio de las actualizaciones normativas que a partir del 1° de octubre resulten aplicables al testeo en la normativa nacional que se emita para la actividad turística en razón de la situación de los progresos del plan de vacunación en curso”.

Exit mobile version