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Circulación de vehículos desde y hacia la República de Chile

Se entiende por vehículos particulares:

a) Automóviles -incluidos los tipo “jeep” y “station wagon”-, camionetas, motocicletas, bicicletas motorizadas, casas rodantes motorizadas y otros de similares características.

b) Los de arrastre que acompañan a los indicados en el inciso anterior, sin tracción propia, como ser: casas rodantes, remolques, etc., siempre que no transporten carga y/o pasajeros con fines comerciales y/o industriales.

Ingresos desde la República de Chile

Los viajeros que ingresen desde Chile con vehículos automotores matriculados allí podrán permanecer en Argentina por 180 días, prorrogables en la medida que el Servicio Nacional de Aduana de Chile prorrogue el plazo de salida temporal hacia la República Argentina. Este plazo se reducirá a 90 días –no prorrogable- para ciudadanos argentinos con residencia en Chile de al menos un año.

Egresos hacia la República de Chile

Los viajeros que tengan residencia permanente en la República Argentina y deseen salir con su automóvil a Chile, deberán ser propietarios del vehículo o ser autorizados por el titular del mismo para su uso.

Para automotores conducidos por terceras personas (no titulares del vehículo), al salir del país se le exigirá:

Para los casos b y c, las respectivas autorizaciones deberán ser acompañadas indefectiblemente por la “Cédula Verde” que acredite la titularidad del vehículo en cuestión. Sin perjuicio de ello, cuando se trate del documento referido en el inciso b) precedente, la “Cédula Verde” deberá encontrarse vigente, mientras que para el inciso c) no resultará relevante su vigencia, conforme lo indicado por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales, de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios en su Nota DN Nº 62/14.

Cuando se tratare de un vehículo particular registrado en condominio, conducido por uno de sus titulares, no será necesario que se acredite la autorización de los restantes condóminos.

Documentación a presentar en la salida:

Formulario OM 2261 de “Salida y Admisión Temporal de Vehículos Acuerdo Argentino-Chileno”, cuyos ejemplares tendrán los siguientes destinos:

IMPORTANTE: Se encuentra disponible un servicio permite generar el Formulario OM 2261 online e imprimirlo antes de presentarse en Aduana. Accedé a la Guía Paso a Paso para conocer cómo realizar el trámite.

Medios de transporte

Todos los medios de transporte que lleguen a aguas o territorio chileno (terrestres, marítimos y aéreos) serán inspeccionados por funcionarios/as del SAG una vez finalizado el trámite de control migratorio y aduanero.

Fuente: AFIP Argentina y SAG Chile.

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