A continuación, una serie de normas de tránsito para que los argentinos tengan en cuenta si van a Chile:

  • Las licencias de países extranjeros, son generalmente aceptadas por las empresas de arriendo de autos y por los controles policiales. Sin embargo, para efectos legales es necesario una licencia de conducir internacional otorgada por el país de origen, a excepción de los argentinos que pueden conducir con su licencia de conducir nacional.
  • Siempre debe portar la licencia de conducir y permiso de circulación del vehículo, pues son frecuentes los controles policiales en las carreteras y a las afueras de las ciudades.
  • En Chile se conduce por la derecha y el cinturón de seguridad es obligatorio en Chile, para todos los pasajeros del vehículo.
  • Se prohíbe fumar y usar teléfonos celulares mientras se está conduciendo un vehículo.
  • En caso de consulta de calles dentro de una ciudad o en carreteras, los carabineros siempre están dispuestos a brindar información.
  • La velocidad máxima para manejar en las carreteras es entre 100 y 120 km. por hora según la vía, así que debe estar atento a la señalización. En las ciudades, la máxima suele ser de 60 km. por hora.
  • A lo largo de Chile encontrará varios peajes, cuyas tarifas van desde los 400 pesos chilenos hasta los 2.400 pesos chilenos.

Información importante: restricción vehicular en Santiago de Chile

  • En la ciudad de Santiago de Chile se aplica restricción vehicular, lo que significa que según el último número de placa del automóvil, no podrá circular en determinados días de la semana entre las 7:30 y 21:00. El calendario es el siguiente:
    Lunes: 3 – 4 – 5 – 6
    Martes: 7 – 8 – 9 – 0
    Miércoles: 1 – 2 – 3 – 4
    Jueves: 5 – 6 – 7 – 8
    Viernes: 9 – 0 – 1 – 2

Tipos de Infracciones

Según las leyes chilenas de tránsito existen estos tipos de infracciones a la hora de conducir:

Infracciones o contravenciones gravísimas

  • Conducir un vehículo bajo la influencia del alcohol, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
  • No respetar la luz roja del semáforo, la señal “PARE” o la señal “CEDA EL PASO”, siempre que en este último caso la infracción haya originado un accidente de tránsito.
  • Conducir sin haber obtenido la respectiva licencia.
  • Portar dispositivos especiales propios de los vehículos de emergencia: ambulancias, radiopatrullas, etc.
  • Toda infracción que el juez determine como causa principal de un accidente de tránsito que origine daños o lesiones leves.

Infracciones o contravenciones graves

  • Conducir en condiciones físicas o psíquicas deficientes.
  • Conducir con una licencia distinta a la que le corresponde respecto al tipo de vehículo que maneja.
  • Adelantar a otro vehículo por la berma, en curvas, puentes, túneles, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta.
  • Entregar, como dueño, el vehículo para que otra persona lo conduzca sin tener los requisitos necesarios: edad, licencia, condición física o psicológica, entre otras.
  • Conducir sin la placa patente correspondiente.
  • Desobedecer las señales u órdenes de tránsito de un carabinero.
  • No respetar los signos o demás señales que rigen el tránsito público.
  • No conducir a velocidad reducida al aproximarse y cruzar una intersección de calles o caminos, al aproximarse a una cuesta o en ésta.
  • Conducir contra el sentido del tránsito.
  • No conducir dentro de la pista de circulación demarcada o cambiar sorpresivamente de pista obstruyendo la circulación de otros vehículos.
  • Conducir por la izquierda del eje de la calzada en una vía que tenga tránsito en ambos sentidos, ocupando el todo o parte del ancho de dicha calzada.
  • No respetar el derecho preferente de paso de un peatón o de otro conductor.
  • Virar en lugares no permitidos.
  • Conducir un vehículo con sus sistemas de dirección o de frenos en condiciones deficientes.
  • Conducir sin luces en las horas y circunstancias que lo exige la ley.
  • Conducir un vehículo con uno o más neumáticos en mal estado.
  • No bajar la luz en carretera al enfrentar o acercarse por detrás a otro vehículo.
  • Conducir un vehículo infringiendo las normas sobre contaminación ambiental.
  • No detener el vehículo antes de cruzar la línea férrea.
  • Efectuar servicio público de pasajeros con vehículos rechazados en las revisiones de reglamento.
  • Conducir un taxi sin taxímetro debiendo llevarlo, tenerlo sin el sello de la autoridad o acondicionado de modo que no marque la tarifa reglamentaria.
  • Proveer de combustible a los vehículos de locomoción colectiva con pasajeros en su interior.
  • No portar el certificado vigente de seguro obligatorio de accidentes causados por vehículos motorizados.

Infracciones menos graves

  • Estacionar o detener un vehículo en lugares prohibidos.
  • Conducir haciendo uso indebido de las luces.
  • Conducir con las luces apagadas por las carreteras urbanas o autopistas.
  • No realizar las señales debidas antes de virar.
  • Conducir un vehículo sin silenciador, o con éste o el tubo de escape en malas condiciones, o con un tubo antirreglamentario.
  • Negarse, los conductores de locomoción colectiva, a transportar escolares.
  • Mantener abiertas las puertas de un vehículo de locomoción colectiva, mientras se encuentra en movimiento; llevar pasajeros en las pisaderas o no detenerse junto a la acera al tomar o dejar pasajeros.
  • Deteriorar o alterar cualquier señal de tránsito.
  • Transitar como peatón por la calzada de su derecha en los caminos o cruzar cualquiera vía o calle fuera del paso para peatones.

 

Controles técnicos
Se sugiere adoptar recaudo de seguridad en los rodados, contar con la cobertura de seguro de responsabilidad civil en países limítrofes y guardar cuidado con la documentación personal, de los vehículos y formularios de migración y aduaneros.

Retención de licencia
Cabe recordar además que en el caso de labrarse infracciones de tránsito la normativa chilena habilita a retener la licencia de conducir, ocasionando innumerables inconvenientes y permanencia de días no previstos en territorio chileno.